Los derechos laborales no son negociables: las y los patrones deben garantizarlos y para ello existe la Ley Federal del Trabajo (LFT), donde se advierte cuáles son estos derechos y cuánto tiempo se tiene para hacerlos valer.
La LFT establece explÃcitamente un plazo para que las y los trabajadores exijan el cumplimiento de sus prestaciones.
De hecho, en la mayorÃa de las prestaciones y derechos, el plazo es de un año, pero existen algunos derechos con periodos distintos, por ejemplo, en el caso de las vacaciones.
Pero esto sà es importante saberlo: el aguinaldo, las vacaciones y el reparto de utilidades tienen fecha de caducidad. Por eso aquà te contamos cuánto tiempo tienes antes de que tus prestaciones caduquen.
Todas las acciones que no tienen un plazo determinado en la LFT tienen un año como fecha de caducidad. Es decir, para aquellas prestaciones que no se hable especÃficamente de su plazo de caducidad, aplica un año para exigir la prestación.
Dicha norma aplica para reclamar:
- Aguinaldo
- Reparto de utilidades
- Prima vacacional
- Pago de finiquito
- Prima de antigüedad
- Pago de incapacidades por maternidad
Por otra parte, con las vacaciones es distinto, son la excepción a la regla: en la aplicación práctica los trabajadores tienen un año y medio para reclamar el goce de sus dÃas de descanso.
Explicado en materia de derecho, con las vacaciones se tiene un año y medio porque el artÃculo 81 de la LFT dice que las empresas deben conceder las vacaciones durante los seis meses posteriores a que la persona cumpla un aniversario laboral.
Por eso el plazo de un año para reclamar este derecho comienza a correr a partir de que concluye dicho periodo.